La Dirección General de Emprendimiento e Internacionalización ha abierto la convocatoria de «Subvenciones para personas emprendedoras y PYMES en apoyo al inicio y consolidación del proyecto empresarial»
El objeto de estas ayudas es apoyar a los PROYECTOS EMPRESARIALES de personas emprendedoras y pymes de la Comunitat Valenciana, que irán destinadas a sufragar los gastos corrientes derivados del inicio y de la consolidación de su proyecto empresarial.
Importe total convocatoria: 1.500.000 euros
Solicitudes: hastas el 10 de julio del 2024.
Importe ayuda por beneficiaria: 70% gastos subvencionables. Con un máximo de 15.000 euros por beneficiaria
Beneficiarias:
- Personas emprendedoras: empresarios individuales (autónomos)
- PYMES con personalidad jurídica propia
Excluidas: Comunidades de bienes y las sociedades civiles sin personalidad jurídica
Requisitos: Personas emprendedoras y PYMES que han emprendido en los últimos 5 años una actividad económica o productiva que ofrezca una ventaja competitiva.
- Fecha alta IAE / fecha inscripción: Registro entre el 10 de junio de 2019 y el 10 de julio de 2024.
Domicilio social: en la Comunitat Valenciana.
Proyecto empresarial relacionado con algún sector de actividad en auge: los indicados en la convocatoria
no son excluyentes. Previa justificación, se admiten otros sectores.
Requisitos Pymes (Reglamento 651/2014 Comisión): Emplea a menos de 250 personas y Volumen de negocio anual ≤ 50 M € o Balance General anual ≤ 43 M €

Gastos subvencionables:
Directamente relacionados con la actividad subvencionada y que hayan sido realizados y pagados entre: 1 de julio de 2023 y 31 de mayo de 2024:
A. GASTOS LABORALES
B. COLABORACIONES EXTERNAS
C. ASESORÍA Y NOTARIALES
D. ALQUILER
E. PUBLICIDAD Y MARKETING
A. GASTOS LABORALES: (máximo 3.000€/mes bruto por trabajador)
- Personal propio empleado en la CV
- Nóminas (importe bruto) + Seguridad Social a cargo de la empresa
- No se incluyen gastos de autónomos (cuotas o retribuciones).
B. COLABORACIONES EXTERNAS (máximo 10.000 €)
- Servicios profesionales
- Asistencias técnicas
- Consultorías
- Estrategia de digitalización
- Estrategia para el crecimiento sostenible
- Desarrollo y posicionamiento de marca
- Servicios de apoyo part-time
- Expertos en modalidad “interim-manager”
- Desarrollo del plan de empresa
C. ASESORÍA Y NOTARIALES: Directamente relacionados e indispensables de la actividad subvencionada
- Asesoría y gestoría
- Notariales
- Registrales
D. ALQUILER
- Locales
- Coworking
- Despachos
- Espacios
E. PUBLICIDAD Y MARKETING
- Publicidad
- Difusión
- Marketing digital
- Caneles on-line
- Diseño y desarrollo del packaging
- Identidad del producto o servicio
Aspectos a tener en cuenta

Gastos NO subvencionables
- Intereses deudores de las cuentas bancarias.
- Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
- Gastos de procedimientos judiciales.
- Impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación por el beneficiario.
- Adquisición de inmovilizado, material o inmaterial de todo tipo.
- Adquisición de bienes destinados a la venta.
- Aportaciones a sistemas complementarios de pensiones.
- Gastos suntuarios, los obsequios y los demás gastos similares que no estén directamente vinculados con
la consecución de los fines de la subvención.
Documentación obligatoria a adjuntar
- Copia del alta en el IAE para el caso de empresarios individuales y, en el caso de pymes copia de la escritura pública de
constitución inscrita en el registro mercantil o en el registro que corresponda. - Proyecto empresarial en formato PDF firmado electrónicamente, según modelo normalizado.
- Cuenta justificativa según modelo normalizado en Excel y PDF (no se incluyen facturas ni nóminas incluidas en los gastos
subvencionables, éstas se requerirán posteriormente en la revisión de la documentación – apartado 13o.2). - Para la valoración de los criterios del Anexo I: Contrato laboral, última nómina y alta en la seguridad social del personal
laboral contratado (antes del 1 de abril de 2024).
Documentación obligatoria a adjuntar
- Si no se autoriza la consulta telemática:
- Certificado AEAT
- Certificado ATV
- Certifica TGSS
Aspectos a tener en cuenta
- Presentación: desde 10 junio y hasta 10 julio 2024 (incl.)
- Requisito antigüedad: alta desde el 10 de junio de 2019 al 10 de julio de 2024 (incl.)
- Periodo subvencionable: desde el 1 de julio de 2023 al 31 de mayo de 2024 (incl.).
- Presupuesto subvencionable: mínimo 5.000€
- Importe solicitado: mínimo 3.500€ – máximo 15.000€
- Importe total ayudas minimis periodo 3 años no superior a 300.000€
- Importante comunicar inmediatamente la renuncia a otras subvenciones por tema minimis.
- Importancia de las declaraciones responsables y las consecuencias de su falsedad.